El Boletín Oficial del Estado del viernes 23 de abril de 2021 publica, entre otros, el texto de la Ley Orgánica 5/2021 de 22 de abril de derogación parcial del Código Penal en su artículo 315 apartado 3. El texto normativo derogado es el siguiente:
"3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses".
En definitiva, la norma considera que para penalizar la acción de los piquetes sobre aquellos trabajadores resilientes, como dicen los modernos, a acudir a la huelga basta el delito genérico de coacciones sin que se haga preciso establecer un tipo delictivo especial. Muy simplificado pero más o menos es eso.
Hasta ahí, quien gobierna y ostenta mayoría suficiente, está en su derecho de aprobar la normativa que considere procedente de conformidad con su línea política.
El problema es que el preámbulo de dicha Ley Orgánica 5/2021 introduce a modo de exposición de motivos lo siguiente:
" Con la crisis como oportunidad, desde la llegada al Gobierno del Partido Popular en diciembre de 2011, se inició un proceso constante y sistemático de desmantelamiento de las libertades y especialmente de aquellas que afectan a la manifestación pública del desacuerdo con las políticas económicas del Gobierno.
La reforma laboral, que prácticamente excluyó la negociación colectiva de los trabajadores y que devaluó o directamente eliminó otros muchos de sus derechos, no pareció suficiente y por eso se reforzaron, con ataques directos, todas las medidas que exteriorizaron el conflicto, utilizando la legislación en vigor (…) para desplegar un entramado de leyes que asfixian la capacidad de reacción, protesta o resistencia de la ciudadanía y de las organizaciones sindicales, hacia las políticas del Gobierno".
En definitiva, por primera vez en la historia reciente de España (de la República uno no tiene memoria, solo lo que percibe a través de la historia) el Gobierno de turno utiliza el Boletín Oficial del Estado para atacar políticamente a su adversario de la oposición y que le precedió en el Gobierno, al más puro estilo de las democracias más consolidadas de la historia: Cuba, Nicaragua, Venezuela, etc…
Además, la norma citada, en una técnica legislativa cercana al totalitarismo, introduce un mandato expreso al poder judicial a fin de que procedan a revisar todas las sentencias firmes emitidas con fundamento en la norma ahora derogada, lo que además deja impunes muchas conductas que pudieran haber sido calificadas genéricamente como coacciones.
Pero teniendo gravedad lo expuesto y mucha, lo que es sencillamente insoportable es el papel seguido por el partido de la oposición agraviado por la norma, el Partido Popular y su Grupo Parlamentario. Porque una Ley Orgánica no se aprueba de la noche para la mañana y su tramitación parlamentaria es importante. De este modo les puedo informar que el Boletín Oficial de las Cortes Generales publicó el 18 de septiembre de 2020 la iniciativa parlamentaria con la Proposición de Ley promovida por el Portavoz del PSOE Rafael Simancas con el texto ahora aprobado y publicado. El propio Boletín Oficial de las Cortes Generales del 17 de febrero de 2021 publica la enmienda presentada por Concepción Gamarra en su condición de Portavoz del Partido Popular, interesando el mantenimiento del artículo cuya derogación se pretendía y proponiendo una exposición de motivos a la "altura" del debate trasladando la responsabilidad por inacción al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, considerando que la reforma legislativa del Partido Popular se había limitado a reducir las condenas (lo que sinceramente no veo por ninguna parte).
Que los españoles tengamos que asistir a la lectura lamentable de este preámbulo de la Ley Orgánica es muy grave, y que los ciudadanos nos enteremos de este ataque al partido de la oposición, no a través del propio partido, sino a través de las redes sociales y de los medios de comunicación, dice mucho al respecto de la incapacidad de Pablo Casado para liderar un proyecto de futuro alternativa al caos imperante. Y por último, que en un Gobierno donde están, entre otros, Margarita Robles y Fernando Grande Marlaska se apruebe una norma de este tipo es prueba manifiesta del absoluto descontrol que impera en las instituciones del País.
Por cierto, la norma es de aplicación también en Pontevedra.