Unanimidad en Cerdedo-Cotobade para reparar la memoria de Francisco Varela Garrido, fusilado en 1937

Cerdedo-Cotobade
05 de abril 2024
Actualizada: 30 de septiembre

El asunto lo llevó a la sesión plenaria el alcalde, Jorge Cubela, la petición de la familia. El regidor propuso cumplir la Ley de Memoria Democrática y dar traslado del acuerdo a los herederos o familiares. Quedó acreditado que "padeció persecución por razones políticas e ideológicas durante la Guerra Civil Española"

El pleno de Cerdedo-Cotobade abordó la propuesta de reconocimiento y reparo personal de Francisco Varela Garrido Concello de Cerdedo-Cotobade

El Pleno de la Corporación de Cerdedo-Cotobade aprobó por unanimidad el reconocimiento y reparo personal de Francisco Varela Garrido, un vecino de Cerdedo fusilado en el año 1937 tras ser condenado a muerte por el Consejo de Guerra Permanente de Pontevedra.

El asunto lo llevó a la sesión plenaria el alcalde, Jorge Cubela, la petición de la familia. El regidor propuso cumplir la Ley de Memoria Democrática y dar traslado del acuerdo a los herederos o familiares de esta víctima del franquismo.

En nombre de la familia, habló en el salón de plenos el periodista, escritor y familiar de Francisco Varela Garrido Fernando Salgado. Agradeció este acuerdo de declaración pública y defendió la recuperación de la memoria de las víctimas del franquismo. Pidió reparación moral y un reconocimiento público.

La propuesta aprobada recogió que quedó acreditado que Francisco Varela Garrido "padeció persecución por razones políticas e ideológicas durante la Guerra Civil Española".

Natural de Cerdedo, de profesión comerciante y militante de Izquierda Republicana, fue secretario interino del antiguo Ayuntamiento de Cerdedo. Fue detenido el 2 de septiembre de 1936 en Monleras, provincia de Salamanca, la donde había huido, y luego procesado mediante procedimiento sumarísimo de urgencia con el número 1.306/36.

Mediante sentencia dictada el 16 de abril de 1937 por el Consejo de Guerra Permanente de Pontevedra, fue condenado la pena de muerte por supuesto delito de rebelión militar, siendo ejecutado en la avenida de Buenos Aires de Pontevedra el 27 de julio de 1937.

A la vista de la Resolución 3.631 (expediente 23DGMD-476) del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, se declaró "ilegal" y "ilegítimo" el tribunal que lo juzgó, y los jurados y todos los órganos penitenciarios o administrativos que se constituyeron a partir del Golpe de estado de 1936 para imponerle, por motivos políticos, ideológicos o de conciencia religiosa condenas o sanciones de carácter personal, así como la ilegitimidad y nulidad de las resoluciones.