Una niña de 10 años acaba en un centro de menores en plena disputa por la custodia y apelando al síndrome de alienación parental

Pontevedra
02 de abril 2024
Actualizada: 30 de septiembre

Convocan una concentración este viernes, 5 de abril, en la avenida de Vigo, que acoge el Punto de Encuentro Familiar para denunciar que el "falso" SAP es "tortura institucional". El Colectivo Feminista de Pontevedra pide: "Basta de minimizar, normalizar e negar as violencias machistas estruturais contra as mulleres e as súas crianzas"

Edificio judicial de Marín Mónica Patxot

El conocido como Síndrome de Alienación Parental (SAP) ha vuelto a aparecer en la escena judicial pontevedresa con pocas semanas de diferencia. Tras mentarse esta situación en el caso de una madre a la que un Juzgado de Cambados quitó a sus hijos para entregarlos al padre, ahora se apela a él en un proceso de Marín, en el que una niña de 10 años ha acabado en un centro de menores bajo tutela de la Xunta de Galicia en plena disputa por la custodia. 

Estos dos casos, que los colectivos feministas califican como "violencia institucional", han motivado una concentración prevista para este viernes, 5 de abril, en el número 16 de la avenida de Vigo de Pontevedra, el edificio de la Consellería de Sanidade, que acoge el Punto de Encuentro Familiar. 

La concentración, convocada por el Colectivo Feminista de Pontevedra, está prevista para las 18.30 horas y busca denunciar que el "falso" SAP es "tortura institucional".

"Basta da violencia contra as nais! Basta da violencia vicaria! Un maltratador non é un bo pai! Basta de minimizar, normalizar e negar as violencias machistas estruturais contra as mulleres e as súas crianzas", piden las convocantes.  

Esta protesta llega tan solo unos días antes de que se celebre en la Audiencia de Pontevedra una vista crucial para el caso de esta niña de Marín. El 10 de abril la institución provincial revisará un régimen de guarda y custodia compartida para esta niña, que cumplirá 11 años el próximo mes de junio.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Marín dictó la custodia compartida y su madre la recurrió alegando que "la menor no convive con su progenitor desde los 4 años y el contacto que ha tenido con él desde entonces ha sido muy esporádico, primero, por su falta de interés y, después, por la negativa de la menor a relacionarse con él".

Esa sentencia de Marín no es firme y está pendiente de esta vista el próximo 10 de abril pero como medida cautelar, la niña no está ahora ni con su padre ni con su madre.

Según un comunicado facilitada por el Colectivo Feminista, el fiscal ha pedido "confiar temporalmente la guarda de la menor a la entidad pública de protección de menores de la Xunta de Galicia". El juzgado acordó la medida y el pasado 12 de marzo, personal del departamento de menores fue al colegio de la menor una hora antes de finalizar las clases con una orden judicial y se la llevó para internarla en un centro de menores.

El juzgado le notificó la medida a la madre una vez que ya se había producido y, desde entonces, madre e hija no han tenido ningún tipo de contacto y la madre sigue desconociendo el lugar en el que se encuentra.

La decisión judicial supone el traslado de la niña a un centro de protección de menores de la Xunta que tenga un equipo técnico preciso para "pautarle a la menor un tratamiento o terapia adecuado para normalizar la relación paternofilial" con su padre.

En este caso figuran dos informes del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) de febrero de 2023 y febrero de 2024 apoyándose en otros del Punto de Encuentro Familiar y del Gabinete de Orientación Familiar de Vigo en los que culpan a la madre de la negativa de la hija a relacionarse con el padre, "siguiendo al pie de la letra todos los postulados del falso síndrome de alienación parenta", denuncia el colectivo feminista.

El informe de febrero de 2024 reconoce que la separación de la menor de su entorno materno puede no ser una solución inocua y, aún así, recomienda la guarda y custodia en exclusiva para el padre y que, paralelamente, se suspendan los contactos de la menor con la madre hasta su adecuada implementación.

Alegan que "la progenitora ha primado en todo momento sus propios intereses por encima de los intereses de la menor, movida por manifiesta animadversión hacia el progenitor, sin poder objetivarse fundamento alguno". Además, sostiene que la madre infundió en la menor "sentimiento de desafección, inseguridad y temor hacia su padre".

El origen de esa situación se sitúa cinco años atrás, en 2019, cuando la madre presentó demanda de medidas extramatrimoniales para regular la relación de los progenitores con la hija. "Fue en ese momento cuando apareció la paternidad sobrevenida en el progenitor. Hasta entonces no tuvo ningún interés de mantener el contacto con su hija", denuncia el citado comunicado.

El comunicado, emitido inicialmente por la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas del País Valencià, critica que todas las resoluciones dictadas por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Marín "están influenciadas por el imperio del patriarcado" y se apoyan en informes que utilizan los argumentos del SAP "para hacer prevalecer una visión sobrevalorada de la figura paterna, interpretando que el interés superior de la criatura es tener contacto fluido con el padre".

Critican que "no se ha tenido en cuenta la voluntad de la menor ni su autonomía de juicio y su capacidad de discernimiento" y que las resoluciones judiciales infringen, entre otras disposiciones legales, el Convenio de Estambul, que obliga a la administración pública a actuar desde un enfoque de género y la Ley Orgánica 8/2021, en los artículos mencionados y en otros.