La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha fijado para dentro de tres meses y medio el juicio contra David Oubel Renedo como único acusado del doble parricidio de sus hijas de 4 y 9 años en Moraña. La vista oral, que se celebrará con un jurado, se ha fijado para los días 4, 5 y 6 de julio, según ha confirmado este jueves el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
David Oubel está en prisión provisional desde 1 de agosto de 2015 y actualmente se encuentra en una prisión de máxima seguridad de León. Allí permanecerá en las próximas semanas, pero en las fechas previas al juicio será traslado al centro penitenciario de A Lama para que sea más operativa su asistencia al juicio.
El jurado deberá decidir si Oubel cometió dos delitos de asesinato con alevosía agravados por el hecho de que las víctimas son menores, tal y como sostienen la Fiscalía y la acusación particular. Las acusaciones consideran que en su caso concurre la circunstancia agravante de parentesco y piden que sea condenado a la pena de prisión permanente revisable, convirtiéndolo en el primer caso en España el que se aplicaría esta condena recogida en la última reforma del Código Penal.
El escrito de acusación del fiscal sostiene que mató a Amaia (4 años) y Candela (9) con crueldad utilizando una radial y antes de hacerlo las drogó "con la finalidad de evitar cualquier posibilidad de defensa o de huida de las menores". En concreto, les hizo ingerir un cóctel de medicamentos a base de benzodiazepinas y relajantes musculares "nordiazepam, oxazepam y tizanidina" para "adormecerlas o al menos lograr que estuviesen con un nivel bajo de conciencia".
Actuó, según el fiscal, "con evidente ánimo de acabar con su vida" y cuando ambas estaban en sus respectivas habitaciones. Primero se dirigió a su hija menor, que presentaba un bajo nivel de consciencia por el efecto de los fármacos ingeridos momentos antes, y le causó varios cortes profundos en el cuello con una radial y un cuchillo.
El fiscal pide que se le aplique la prisión permanente revisable y también que se le impongan la prohibición de aproximarse a su exmujer y madre de las fallecidas o comunicarse con ella por cualquier medio -verbal, escrito, postal, telefónico, telegráfico, telemático o informático- durante 30 años. También pide que sea condenado a indemnizarla con 245.000 euros.