El juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha advertido al Servizo Galego de Saúde (Sergas) de los errores reiterados que se están detectando en los diagnósticos de pacientes que sufren torsiones testiculares.
Así lo ha hecho en una sentencia en la que condena al Sergas a indemnizar con 35.000 euros a un paciente que recibió una "deficiente asistencia sanitaria" en el Punto de Atención Continuada (PAC) de Silleda.
El error en el diagnóstico de la torsión testicular que sufría provocó que días después, en el hospital de Santiago de Compostela, se le tuviese que extirpar un testículo infartado y necrosado.
En la sentencia, el juez advierte que, en la elaboración del fallo, ha podido comprobar que en el sistema sanitario público gallego "al parecer se están produciendo con reiteración" en los centros de salud o en los PAC "errores de diagnóstico sobre este tipo de dolencia".
Todos ellos, según el magistrado, han tenido "las mismas consecuencias fatales" que este.
El titular del juzgado pontevedrés asegura haber detectado al menos cinco sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) sobre supuestos idénticos sucedidos en los centros de salud o en los puntos de atención continuada.
Estas sentencias han sido remitidas la Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde de Consellería de Sanidade "a fin de que proceda a revisar los protocolos y formación del personal de los centros de salud y PAC para evitar o reducir estos errores de diagnóstico".
De la valoración conjunta de la prueba, el tribunal concluye que la sanidad gallega "incurrió en mala praxis médica, con un resultado lesivo para el paciente por pérdida de oportunidad”.
Señala que "todos los indicios" apuntan a que cuando el paciente fue examinado en el PAC de Silleda, en agosto de 2021, éste ya padecía la torsión testicular en fase inicial y que, en ese momento, se produjo un error de diagnóstico.
A este respecto, el juez indica que la doctora que lo atendió concluyó que la causa del dolor radicaba en una inflamación por distinta causa.
El magistrado afirma que, en este caso, se ha incurrido en mala praxis porque asegura que, tal y como explicó el perito, cuando un paciente joven acude a urgencias con dolor de testículo, la primera patología que hay que descartar, por ser la más probable, es la torsión testicular.
La mejor manera de comprobarlo, según explica en la sentencia, es mediante una ecografía Doppler, por lo que si en el PAC se carecía de medios para practicarla la doctora debió remitir "con carácter inmediato y de urgencia" al paciente al hospital de referencia.
El titular del juzgado pontevedrés afirma que la pérdida de oportunidad es "evidente", pues en la consulta realizada en Silleda "no había indicios de edema ni necrosamiento en el testículo", por lo que "muy probablemente" la torsión se había producido poco antes.
Además, el magistrado incide en que con una cirugía urgente se podría haber salvado el testículo, "con gran probabilidad", por lo que considera probado el daño y la relación de causalidad.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el TSXG.