El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) vuelve a dar un ultimátum a la Autoridad Portuaria de Marín. Le da un plazo de 20 días para demoler los 300.000 metros cuadrados de rellenos portuarios que fueron declarados ilegales en una sentencia que se remonta al año 2009. En caso de no obedecer esta nueva instrucción, el Alto tribunal gallego amenaza con imponer multas económicas o incluso iniciar acciones penales.
En una providencia fechada el pasado 19 de septiembre, el TSXG rechaza el último intento de la Abogacía del Estado por paralizar la ejecución de la sentencia y recuerda que ya se emitieron dos órdenes para que se procediese a la demolición de estos rellenos ilegales, en febrero de 2013 y en julio de este año. Por ello, el tribunal exige que se "cumpla las declaraciones contenidas en el fallo" y se notifiquen los trabajos realizados para ello.
La Autoridad Portuaria pretendía desobedecer esta sentencia alegando que no se podía cumplir, entre otros motivos, porque no definía los rellenos ilegales que tendrían que derribar, ya que habían sido realizados al amparo de diferentes planes especiales. Pero el TSXG, que califica de "temeraria" esta pretensión ya que asegura que son obras que el Puerto conoce y son "no legítimas, sin distinción". Se trata, además, de una cuestión "ya juzgada".
En cuanto a los rellenos, el Supremo habla en su sentencia de unas 30 hectáreas y esta providencia del TSXG los cifra en 328.280 metros cuadrados. A este respecto, el tribunal entiende que no ha lugar a nuevas reclamaciones sobre los espacios portuarios afectados, ya que la sentencia "es clara". Acusa además al Puerto de ignorar datos ya confirmados para tratar de demorar todo este proceso.
Este dictamen judicial concluye insistiendo en que la ejecución de esta sentencia "no admite más demoras". Por ello, avisa que de no cumplirse la demolición en este plazo de 20 días "podrían adoptarse las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado y, singularmente, la imposición de una multa coercitiva". Señalan que estas sanciones se podrían adoptar "sin perjuicio de deducir, en su momento, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder".
A pesar de esta contundencia, la Autoridad Portuaria vuelve a tener la oportunidad de demorar la ejecución del fallo ya que la providencia del TSXG admite todavía la posibilidad de presentar recurso de reposición en el plazo de cinco días.