Sanxenxo mantiene su pleito por el deslinde con O Grove

O Salnés
20 de septiembre 2016

El gobierno local de Sanxenxo llevará al pleno ordinario del próximo lunes la propuesta de interposición de un recurso contencioso-administrativo frente a la resolución de la Dirección Xeral de Administración Local, de fecha 9 de junio, por la que se acordó no tramitar el procedimiento de deslinde entre los términos municipales de O Grove y Sanxenxo

Playa de A Lanzada
Playa de A Lanzada / Mónica Patxot

El gobierno local de Sanxenxo llevará al pleno ordinario del próximo lunes la propuesta de interposición de un recurso contencioso-administrativo frente a la resolución de la Dirección Xeral de Administración Local, de fecha 9 de junio, por la que se acordó no tramitar el procedimiento de deslinde entre los términos municipales de O Grove y Sanxenxo.

El gobierno local tramitó ya el pasado mes de julio un recurso de alzada y un requerimiento de anulación de la mencionada resolución. El Concello no ha recibido por el momento respuesta alguna. Por ello, y ante la posibilidad de que la demora en la respuesta de la Xunta agote el plazo del que dispone la administración local para recurrir a la vía contencioso-administrativa, el Gobierno local planteará a la Corporación la adopción de esta decisión.

El gobierno local argumentó en su recurso de julio, que no tuvo respuesta, la nulidad de la resolución del director xeral de Administración Local por vulnerar el procedimiento a seguir para la resolución del expediente de deslinde en el término municipal que regula el procedimiento de deslinde de términos municipales pertenecientes a distintas comunidades autónomas, y haberse omitido la tramitación establecida en el artículo 44 de la Ley 5/1997 de la Administración Local de Galicia, no habiendo solicitado emisión de informe al Instituto Geográfico Nacional, ni a la Comisión Gallega de Delimitación Territorial, ni a la Deputación Provincial ni dictamen del Consello Consultivo.

El recurso se basó también en la incompetencia de la Dirección Xeral de Administración Local para la decidir la finalización del expediente de deslinde, al considerar que el órgano competente para tomar este acuerdo el Consello de la Xunta.

El tercer argumento del recurso de alzada con el hecho de que la decisión se toma partiendo de la Resolución del Ministerio de Gobernación de fecha 31 de julio de 1959, en la que se aprobaba el deslinde entre el término municipal de Sanxenxo y el de O Grove, partiendo de unos documentos de referencia no consentidos por el Concello de Sanxenxo. En este nuevo proceso se ha aportado documentación histórica en la que se reflicten tales límites, que no ha sido tenida en cuenta.