Marcos Vidal, único acusado por asesinar a puñaladas al marido de su ex "aumentando de forma deliberada su sufrimiento"

Pontevedra
29 de septiembre 2019

Se sentará en el banquillo de los acusados de la Audiencia de Pontevedra a partir del próximo 14 de octubre. Un jurado popular decidirá si es responsable del delito de asesinato con alevosía y ensañamiento de Manuel Rivas, marido de la mujer con la que había mantenido una relación sentimental, al que asestó 22 puñaladas

Paso a disposición judicial del autor confeso del crimen de Ponte Caldelas Cristina Saiz

Marcos Vidal González se sentará en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Pontevedra a partir del próximo 14 de octubre. Un jurado popular decidirá si es responsable del delito de asesinato con alevosía y ensañamiento de Manuel Rivas Muiños, marido de la mujer con la que había mantenido una relación sentimental, al que asestó 22 puñaladas, "aumentando de forma deliberada su sufrimiento". 

El caso llegará a juicio cuando están a punto de cumplirse cuatro años del crimen, ocurrido el 28 de noviembre de 2015 en Ponte Caldelas, y a punto de expirar el plazo máximo legal de estancia en prisión provisional de Marcos Vidal. La ley no permite en España prolongar esa situación más allá de cuatro años, de modo que, de no celebrarse el juicio antes de esa fecha, habría tenido que salir en libertad a la espera de la vista oral. 

Un tribunal de jurado presidido por un magistrado de la Sección Cuarta de la Audiencia se encargará de juzgar la causa judicial, en la que hasta el pasado mes de mayo también estuvo investigada la viuda de la vícitma y antigua pareja del único acusado, Sandra M.A.. 

Un auto de la Audiencia Provincial del pasado mes de julio al que acaba de tener acceso PontevedraViva exculpa definitivamente a la mujer, confirmando una resolución previa de mayo que decretaba el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto de ella. La familia del fallecido insistía en acusarla, pero el tribunal provincial rechazó definitivamente esa posibilidad tras un "exhaustivo análisis" de todas las diligencias de investigación practicadas. 

La familia del fallecido sostenía que la mujer era coautora de un delito de asesinato. Mantenía una relación sentimental paralela a la matrimonial con el acusado y, según sus argumentos, habría manipulado a ambos varones haciendo creer a la víctima que el acusado la coaccionaba y a éste que su marido no la dejaba divorciarse, de forma tal que habría dicho a Marcos Vidal que acudiese al domicilio a dar su susto a su marido.

Sobre esa base, afirmaban que hubo una "ideación conjunta del acto criminal", señalando como relevantes, a esos efectos, el volumen y contenido de las conversaciones y comunicaciones telefónicas y de whatsapp mantenidas entre ambos y añadían que sabía que él acudiría a su domicilio portando un arma blanca. También sostenían que no hizo nada para impedir el crimen y que el solo conocimiento de lo que pasaba o de lo que podía pasar la convierte en coautora de la muerte.

Pese a todas esas afirmaciones, la Audiencia concluyó que de las diligencias de investigación practicadas no puede deducirse que existiese un concierto expreso o tácito para dar muerte a Manuel Rivas; y tampoco cabe hablar de reparto de papeles. Así, concluyeron que aún en el supuesto de que ella conociese que él iba a ir ese concreto día a su casa "a dar un susto a Benjamín " (circunstancia que no deja de ser más que una sospecha sin contraste objetivo alguno, si quiera indiciario), desde luego de lo que no existe indicio alguno es de que ella conociese que iba a ir armado y que le iba a matar.

La Audiencia reconoce que existen "preguntas sin respuesta" por parte de la mujer y destaca el hecho de que "no haya sido clara y no haya dicho toda la verdad respecto de su acreditada relación sentimental" con el ahora acusado, pero considera que eso no quiere decir que lo haya hecho para exculparse de su participación en el crimen. Además, sostiene que pudo haberlo hecho por razones como, por ejemplo, "no querer que el entorno familiar del fallecido conociese la existencia de esa doble relación".

Tras ese auto, la Audiencia dictó otro ya este mes de septiembre por el que se fijaron los hechos a juzgar y la fecha del juicio. Así, considera que el jurado deberá juzgarle por un delito de asesinato con alevosía por el que la Fiscalía solicita una pena de 20 años de prisión, la prohibición de acercarse a la viuda durante 25 años y una medida de libertad vigilada durante ocho años más. 

Como hecho enjuiciable, sostiene que Marcos Vidal mantuvo una relación sentimental con la mujer de Manuel Rivas y que el 28 de noviembre de 2015 sobre las 7.30 horas se desplazó en su vehículo desde su domicilio en Arcade hasta el domicilio del matrimonio en Ponte Caldelas. Ya había hecho ese recorrido en otras ocasiones "a fin de comprobar si seguían viviendo juntos"

Llegó a las ocho de la mañana y, tras estacionar el vehículo, se dirigió al inmueble. Aprovechando que un vecino salía, entró en el portal y subió al tercer piso por las escaleras, esperando allí, "buscando que Manuel Rivas estuviera solo y que nadie pudiera asistirle". A las 9.00 abrió la puerta del domicilio y salió hacia la escalera. En ese momento, se dirigió a él y, tras preguntarle si Sandra seguía viviendo con él, le obligó a entrar en la vivienda, dirigiéndose con él al dormitorio.

Al comprobar que la mujer había dormido allí, tuvo un forcejeo con él, tirándolo al suelo. Con ánimo de acabar con su vida, le sujetó por el hombro y sacó una navaja que llevaba encima "comenzando a asestarle distintas puñaladas en distintas partes del cuerpo, aumentando de forma deliberada su sufrimiento". Le dio una puñalada en el labio, tres en el cuello, una en la clavícula, nueve en la cara anterior del tórax y una en la espalda, en la parte posterior del tórax.

Cuando su vícitma ya se encontraba en el suelo y herido, pero consciente, hizo una llamada de teléfono a móvil de su ahora viuda, hizo una fotografía y se la remitió. Tras ello, y con la misma navaja, asestó otra puñalada a en la espalda, lo levantó del suelo y lo dejó tendido encima de la cama.

Según ese auto de hechos enjuiciables, de las puñaladas asestadas por Marcos a Manuel, tres de las que alcanzaron la cara anterior del tórax y la asestada en la espalda determinaron el fallecimiento, "persiguiendo las demás aumentar su sufrimiento". Tras eso, abandonó el piso, se dirigió a su domicilio, se cambió de ropa y después llamó a su hermano para que lo llevase a Ponte Caldelas. Desde allí llamó al 112 relatando lo que había hecho y se entregó a la Guardia Civil en el paseo fluvial, entregando también la navaja empleada.

El auto sostiene que Marcos actuó en plenitud de sus facultades intelectivas y volitiva.