El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto ley que sentará las bases que regirán en la denominada 'nueva normalidad', que recoge, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público siempre que no se respete la distancia interpersonal de al menos metro y medio, así como en los transportes. Regula, asimismo, las multas a quienes la incumplan.
Así, el texto prevé que el incumplimiento de este artículo será sancionado con multas de hasta 100 euros y detalla que las comunidades autónomas y las entidades locales asumirán las funciones de vigilancia, inspección y control.
El real decreto de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 también atribuye competencias a las comunidades autónomas y establece que serán la autoridad para adoptar, suprimir, modular o ejecutar las medidas correspondientes a la fase tres del plan de desescalada. Cabe recordar que toda Galicia está ya en esta fase desde este lunes, de modo que la Xunta tendrá ahora las competencias.
Las comunidades también podrán decidir, con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de la fase 3 en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales, pero esa delegación de competencias no se aplicará para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de cada comunidad, que seguirá dependiendo del Gobierno central.
El real decreto recoge la declaración expresa de la COVID como enfermedad de declaración obligatoria urgente y establece que los servicios de salud deberán garantizar que, en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la atención primaria, se le realizará a todo caso sospechoso una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas.
Las autonomías también deberán velar por garantizar un número suficiente de profesionales involucrados en la prevención y control de la enfermedad, su diagnóstico temprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica, así como crear planes de contingencia para asegurar una respuesta rápida y coordinada.
En cuanto a los centros residenciales de personas mayores o con necesidades especiales, las administraciones competentes deberán garantizar la coordinación de estos centros y disponer de planes de contingencia por COVID-19 orientados a la identificación precoz de posibles casos entre residentes y trabajadores, y sus contactos.
En esta 'nueva normalidad' se mantendrá la obligación de llevar mascarilla en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.
También se contempla la adopción de medidas de prevención e higiene en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como en los establecimientos comerciales, en los centros residenciales de carácter social o en las actividades de hostelería y restauración.
El real decreto recoge también una serie de previsiones sobre los controles sanitarios y operativos en aeropuertos gestionados por Aena, y en puertos de interés genera y establece la obligación de que los operadores de transporte terrestre, cuyos servicios con asientos preasignados discurran por más de una provincia, conserven la información de contacto de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas para poder realizar la trazabilidad de los contactos en caso de que fuera necesario.