Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso, tiempo de uso o aforo en las playas

Pontevedra
23 de mayo 2020

A partir del lunes, con la entrada de Galicia en la fase 2 de la desescalada, los ayuntamientos que así lo deseen podrán reabrir sus playas. Eso sí, el Gobierno ha impuesto una serie de condiciones de seguridad para poder usar estos arenales

Playa de A Lanzada Diego Torrado

A partir del lunes, con la entrada de Galicia en la fase 2 de la desescalada, los ayuntamientos que así lo deseen podrán reabrir sus playas. Eso sí, el Gobierno ha impuesto una serie de condiciones de seguridad para poder usar estos arenales.

Según recoge el Boletín Oficial del Estado este sábado, los bañistas deberán hacer un "uso responsable" de la playa, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario, cumpliendo con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias.

La medida más importante, sin duda, es que todos los objetos personales, entre ellas toallas, tumbonas o sombrillas, deberán respetar un perímetro de seguridad de dos metros con respecto a otros usuarios, salvo que convivan juntos o el grupo no supere el número máximo de personas máximo permitido para reuniones sociales. 

En todo caso, esa distancia de seguridad habrá que respetarla entre grupos de bañistas.

El Gobierno deja en manos de los ayuntamientos la posibilidad de establecer limitaciones de acceso, tiempo de uso o aforo, que en todo caso será gratuito, para garantizar la distancia interpersonal en sus respectivas playas. 

A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, se considerará que la superficie a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados. Para dicho cálculo se descontará de la superficie útil de la playa, como mínimo, una franja de seis metros a contar desde la orilla en pleamar.

Las actividades de hostelería y restauración que se realicen en las playas, incluidas las descubiertas, se regirán por las mismas normas establecidas para todo el sector y los negocios de motos acuáticas, hidropedales u otros elementos deportivos o de recreo también se autorizan, con las mismas restricciones del comercio minorista. Todos los vehículos deberán ser limpiados y desinfectados antes de cada uso.

Además, se permite el uso de duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios públicos similares. Su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso podrán contar con su acompañante. 

Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos aseos, garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos; y también las tumbonas de uso rotatorio deberán ser limpiadas y desinfectadas cuando cambie de usuario. 

Los ayuntamientos, por su parte, deberán asegurar que se realiza una limpieza y desinfección de las instalaciones y bienes de las playas, usando para ello sustancias que no resulten perjudiciales para el medioambiente.