La Audiencia rechaza el uso de georradar en el Monte Castrove para buscar a Sonia Iglesias

Pontevedra
30 de mayo 2014

El tribunal provincial señala que "comprende" la "angustia de la familia", pero no encuentra "motivo o razón alguna" para echar por tierra la decisión que adoptó el juzgado instructor en enero al desestimar varias diligencias de investigación como fueron el radar para buscar restos humanos o la declaración de nuevo de los policías que realizaron la investigación de la desaparición 

Fotografía de Sonia Iglesias Familia de Sonia Iglesias

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra confirma la decisión del Juzgado de Instrucción número 3 de Pontevedra que en el mes de enero rechazó el uso de georradar en el Monte Castrove para buscar posibles restos humanos que se puedan corresponder con el cadáver de Sonia Iglesias, desaparecida desde el 18 de agosto de 2010. 

La familia de Sonia Iglesias pidió al juzgado instructor nuevas diligencias en el caso abierto para aclarar la desaparición de la joven y, entre ellas, la prospección mediante georradar o radar de penetración terrestre (GPR) para la detección de restos humanos en la zona del Monte Castrove y la declaración de nuevo ante el juez de los funcionarios de Policía encargados de la investigación. 

Esta petición fue rechazada por el juzgado ya en enero, la familia Iglesias Eirín lo recurrió y un auto de la Audiencia Provincial dado a conocer este viernes confirma la decisión de la instructora de no admitir la práctica de las diligencias de investigación interesadas.

La Audiencia señala que "comprende la angustia de la familia", pero no encuentra "motivo o razón alguna" para echar por tierra la decisión del juzgado. Frente al recurso de la familia, sostiene que la decisión de enero se basa en "fundadas razones pormenorizadamente explicadas" y rechaza el argumento de que carezca de fundamento o sea "arbitrario, caprichoso o irrazonable", como sostenía la abogada de la acusación.

Al respecto, considera el tribunal provincial que no se produce ninguna vulneración constitucional y reproduce "en su integridad" los razonamientos esgrimidos por la jueza instructora a quo tanto en la providencia de 29 de noviembre de 2013 como, muy especialmente, en su auto resolutorio de la reforma dictado el día 13 de enero de 2014.

Con esta nueva resolución de la Audiencia el Juzgado de Instrucción número 3 de Pontevedra tiene ahora sobre la mesa la solicitud del abogado defensor de Julio Araújo, pareja de Sonia Iglesias cuando desapareció y único imputado por la desaparición, de que se le retire la imputación.

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