La APDR llama a seguir haciendo los deberes para eliminar la contaminación de la Ría de Pontevedra

Pontevedra
11 de marzo 2016

El colectivo se congratula de la resolución del Tribunal de Justicia Europeo e insiste en que el saneamiento y la explotación racional de los recursos marisqueros, pesqueros y turísticos "no va a ser posible en tanto no se eliminen los vertidos ilegales, se depuren de forma correcta la totalidad de las aguas residuales domésticas, y se elimine el vertido del complejo Ence-Elnosa"

Ría de Pontevedra
Ría de Pontevedra / Juan Mejuto

La Asociación pola Defensa da Ría de Pontevedra (APDR) se congratuló de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ratifica la denuncia interpuesta en el año 2014 por la Comisión Europea contra el Estado por el tratamiento de las aguas residuales vertidas en la Ría de Pontevedra.

La resolución reprocha al Estado español por el incumplimiento de la Directiva 91/271/CEE que obliga a garantizar el tratamiento riguroso de las aguas de la Ría, declarada como zona sensible, del que APDR recuerda que tiene su origen en una queja interpuesta por esta asociación en el año 1999, que fue "sistemáticamente boicoteada y retrasada desde la Xunta de Galicia" e incluye los vertidos de la empresa ENCE a la que -de acuerdo con la citada Directiva- "hay que considerar como una aglomeración de más de 10.000 equivalente-habitante en nuestra Ría".

La APDR insiste en que el saneamiento de la Ría de Pontevedra y la explotación racional de los recursos marisqueros, pesqueros y turísticos "no va a ser posible en tanto no se eliminen los vertidos ilegales, se depuren de forma correcta la totalidad de las aguas residuales domésticas, y se elimine el vertido del complejo Ence-Elnosa".

Al respeto, critica que el gobierno de España, "lejos de acometer la resolución de este problema, lo agrava" al conceder "de forma injustificada y con una falta absoluta de ética", una prórroga de 60 años a Ence, una situación que "impedirá el verdadero saneamiento integral" de la Ría.

Además, recuerda que el marco jurídico de la sentencia recoge que cuando se habla de aguas residuales urbanas, se está hablando de las aguas de origen doméstico, pero también de aquellas industriales que salen al medio mezcladas con aguas de tal consideración (es el caso de los vertidos de Ence que llegan a la Ría junto con los vertidos domésticos de Pontevedra, Poio y Marín).

Indica también que la contaminación orgánica y microbiológica (bacterias coliformes) de las aguas de la Ría tiene su origen tanto en la falta de depuración de las aguas de vertido de origen doméstico como de las procedentes de la empresa Ence. En este sentido, la APDR exige que en la Autorización Ambiental Integrada de la citada empresa se contemplen exigencias de vertido relativas la coliformes fecales y totales.