La actividad del rey de las orquestas es, para Hacienda, "un claro ejemplo de economía sumergida"

Pontevedra
20 de abril 2017

Ángel Martínez Pérez, conocido como 'Lito', ha sido juzgado al cuarto intento por seis delitos contra la Hacienda Pública por no haber  tributado lo debido en el impuesto de sociedades, el IRPF y el IVA de los años 2011 y 2012. Él se acogió a su derecho a no declarar y guardó silencio, pero su abogado tildó de "falacia" las acusaciones de economía sumergida

Ángel Martínez Pérez, conocido como 'Lito', en el banquillo de los acusados de la Audiencia
Ángel Martínez Pérez, conocido como 'Lito', en el banquillo de los acusados de la Audiencia / Mónica Patxot

A la cuarta fue la vencida. Tras tres suspensiones y/o aplazamientos previos, el empresario Ángel Martínez Pérez, conocido como 'Lito', ha sido juzgado finalmente este jueves por seis delitos contra la Hacienda Pública por no haber tributado lo debido en el impuesto de sociedades, el IRPF y el IVA de los años 2011 y 2012. El juicio celebrado en la Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra ha permitido analizar la actividad de la empresa de la que es administrador, Representaciones Lito, de la que los peritos de la Agencia Tributaria aseguran que es "un claro ejemplo de economía sumergida". 

Lito lleva años considerado el rey de las verbenas de Galicia por su control de la mitad de las empresas del sector y de orquestas como Panorama, París de Noia y Filadelfia y este jueves tal circunstancia se ha acreditado. Dos peritos de la Agencia Tributaria llevaron el peso de la prueba que presentan contra el acusado el fiscal de Delitos Económicos, Augusto Santaló, y el abogado del Estado y, durante dos horas de declaración, aseguraron que "claramente" Lito llevaba "el control del 60% del sector".

Frente a estos peritos y a la acusación, el acusado no aportó ningún argumento defensivo, sino que optó por acogerse a su derecho a no declarar y guardó silencio. Su abogado pidió su absolución al no ver delito en sus actuaciones y, además, consideró una "falacia" que se trate de economía sumergida como sostienen los inspectores, sino que lo que sucede es que el grueso de las actividades que se mueven en el mundo de las orquestas no genera IVA. Considera este letrado que "no corresponde a un tribunal penal -la Audiencia en este caso- determinar cómo debe tributar el sector de las orquestas"

Los inspectores de la Agencia Tributaria realizaron un registro en las oficinas centrales de Representaciones Lito en noviembre del año 2013 y, cuando llegaron y pidieron la documentación, no daban crédito. Según explican, en ocasiones, logran encontrar al contabilidad B de las empresas, pero en su caso lo que encontraron fue un conjunto de datos extracontables que recogían con una "precisión matemática" las cuentas en A y en B de Lito y de 70 orquestas, de la que llevaba la representación, y, además, les permitió descubrir que todo lo que tenían en las bases de datos de la Agencia Tributaria y las cifras que figuraban en el registro mercantil "eran pura ficción". 

La documentación digital y en papel que recogieron con total colaboración del ahora acusado es, a su juicio, "la típica de alguien que lleva un negocio que es opaco". Había facturas que confirmaban los datos que había declarado oficialmente, pero descubrieron que, en realidad, tan sólo suponía el 8,3% de su volumen de negocio, el de las actividades que contrataban con administraciones públicas y comunidades de montes que sí les pedían factura.

Al resto de sus clientes, la mayoría comisiones de fiestas que contrataban sus orquestas, no le emitían factura, pero la actividad quedaba reflejada en sus cuentas igualmente y  los inspectores pudieron concluir que, pese que tan sólo declaraba unos ingresos medios de dos millones de euros anuales, la realidad económica de la empresa es que en 2011 ingresó 26.096.785 euros (frente a los 2.160.422, 76 declarados) y en 2012 un total de 23. 973.409 (frente a 1.997.967,39). Además, llaman la atención sobre el hecho de que "nadie ha puesto en cuestión" esas cantidades en todo el tiempo que ha durado la instrucción de este caso judicial. 

Los peritos también han concluido que el acusado es la persona que dirige toda la actividad, es administrador legal de la empreas y, al mismo tiempo, es el que toma las decisiones. Le atribuyen haber creado todo un entramado en el que, a través de un grupo familiar de empresas, "vendía la actuación musical al cliente y la compraba a las orquestas", creando una "situación monopolística" en el sector. "El 60% del sector era reo, prisionero de Ángel Martínez Pérez", aseguran.

Los peritos de la Agencia Tributaria también analizaron las relaciones que tenía Lito con los agentes de zona que se repartían toda Galicia como intermediarios entre las orquestas y las comisiones de fiestas. Según sus conclusiones, se presentaban como trabajadores autónomos que cobraban una comisión por sus gestiones, pero de la documentación se deduce que "trabajan para Lito".

Precisamente, dos de esos agentes pasaron por la sala durante el juicio y negaron estas conclusiones de los inspectores, asegurando que a ellos les pagaban las comisiones de fiestas y no trabajaban en exclusiva para el acusado, sino que ofrecían otras orquestas y artistas como agentes autónomos.

Los peritos de Hacienda descartan que Lito fuese un mero intermediario, pero sí insistieron en este papel dos peritos de parte presentados por la defensa y también dos antiguos trabajadores de Espectáculos Lito, que insistieron en que "cobraba por su gestión de intermediación" entre las orquestas y los promotores de las fiestas y se llevaba una comisión.

Las discrepancias entre la acusación y la defensa no sólo se ciñen a este papel de los agentes, sino que también afectan al papel de las comisiones de fiestas y su relación con las músicos. Los peritos de la defensa incidieron en que las relaciones laborales de los músicos se rigen por unas condiciones especiales reguladas por el Real Decreto 14/35 de 1985 que obliga a que los organizadores de  la fiesta contraten directamente a los músicos. De esta forma, Lito no paga a las orquestas, sino que las comisiones les pagan directamente como un grupo de músicos que se juntan para actuar y cobran de forma individual por su trabajo. 

Los peritos de la Agencia Tributaria señalan que, sin embargo, la documentación extracontable refleja que los músicos no cobraban por actuación, sino por una especia de nómina, con pagos mensuales y periódicos. 

El fiscal y la Abogacía del Estado piden que sea condenado a 14 años de prisón y el pago de 52,7 millones de euros: una multa de 21,6 millones él, otra de 21,6 millones su sociedad y la devolución al Estado de 9,5 millones de impuestos defraudados durante los años 2011 y 2012, pero, tras el juicio, Augusto Santaló introdujo una posible calificación alternativa de los hechos para el caso de que el tribunal opte por la tesis de la defensa. 

Al respecto, el abogado del acusado, Carlos Seoane, sostiene que Lito debía pagar impuestos por el 5% del total de la actividad, pues es el dinero con el que se quedaba Lito en concepto de comisión. Teniendo en cuenta estos datos, el fiscal reduce su petición de condena en lo relativo al fraude del IVA, pues habría defraudado una cantidad muy inferior, y tan sólo pediría 12 años de prisión.