Hospitales y residencias tienen el aval del TSXG para exigir el certificado covid hasta el 26 de marzo

Pontevedra
11 de marzo 2022

El alto tribunal de la justicia en Galicia considera que la medida es idónea para proteger a personas especialmente vulnerables. La Sala advierte de que todavía el riesgo de transmisión es elevado y que el virus "sigue ocupando significativos recursos del sistema público de salud de Galicia"

App del Sergas con certificados covid
App del Sergas con certificados covid

La Xunta de Galicia cuenta con la autorización del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) para que se exija la presentación del certificado covid-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para realizar visitas a pacientes ingresados en centros hospitalarios y sociosanitarios residenciales de mayores y de personas con diversidad funcional. La medida tendrá vigor hasta el sábado 26 de marzo.

En el escrito del alto tribunal, los magistrado consideran que todavía se registra una "existencia relevante del riesgo dentro del territorio de Galicia". Por este motivo, justifican "genéricamente la adopción de medidas que se puedan reputar idóneas para contener la transmisión del virus" entre la población. Además, consideran que las medidas propuestas son adecuadas para los entornos que establece la orden de la Xunta porque se concentran en "personas especialmente vulnerables".

El auto del TSXG expone que las medidas son la forma "menos lesiva" para compatibilizar la "salvaguarda de la vida y la salud con el ejercicio de otros derechos como el de reunión o acceso a determinados espacios cerrados y el derecho a la intimidad personal y a la vida familiar, propios de la visita a seres queridos internados en esos centros". 

En esta misma línea, la Sala alude a que cualquiera de las alternativas al certificado de vacunación está "fácilmente disponible para la ciudadanía". Por este motivo, ve "razonable" el sacrificio de acudir a otra de esas opciones para realizar las actividades condicionadas. 

Para argumentarlo, los magistrados entienden que las medidas propuestas por el gobierno autonómico implican "la restricción en grado mínimo de derechos fundamentales, un sacrificio tenue del derecho, en expresión de la sentencia del Tribunal Supremo nº 1112/2021, con relación a la fuerte salvaguarda que se pretende del derecho a la vida y a la salud".

El Tribunal reconoce que la situación epidemiológica de Galicia, según el informe presentado por la Consellería de Sanidade, determina "un riesgo de transmisión del virus decreciente", pero alega que los valores continúan siendo elevados. "Además del daño intrínseco que causa a la población afectada, sigue ocupando significativos recursos del sistema público de salud de Galicia", concluyen en el auto.