La organización ecologista Greenpeace muestra su discrepancia con la sentencia del Tribunal Supremo avalando la permanencia de Ence en la Ría de Pontevedra hasta 2073 y ve razonable plantear la formulación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
La entidad envió este miércoles un comunicado en el que critica que el Tribunal Supremo plantea en la sentencia "una visión muy restrictiva de la protección" del dominio público marítimo terrestre que le lleva a permitir concesiones centenarias con ocupación industrial de los terrenos pegados al litoral.
De esta forma, apuestan por seguir dando la batalla judicial y "liberar el Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT) de Lourizán" de la presencia de la pastera Ence, que lleva ahí desde 1958.
Los servicios jurídicos de la organización entienden que el Alto Tribunal "no protege la esencia del dominio público marítimo terrestre y la excepcionalidad de su ocupación", lo que le lleva a concluir, "de forma errónea" en opinión de la organización ecologista, la inaplicabilidad del artículo 32.1 de la Ley de Costas-
Este artículo sostiene que únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación y Greenpeace insiste en que la industria pastera lo "incumple".
Greenpeace alerta de que el Tribunal Supremo no está aplicando esa excepcionalidad de ocupación y desvincula la defensa del litoral y la protección ambiental, justificando su decisión exclusivamente en un informe ambiental de la Xunta de Galicia.
A juicio de los servicios jurídicos de Greenpeace, el tribunal hace una interpretación "absolutamente restrictiva e incompleta", por cuanto la defensa del litoral va mucho más allá de un informe ambiental. Añaden que también se debe tener en cuenta los efectos de la propia ocupación física, "la evidente destrucción de hábitats, la incompatibilidad con usos sostenibles del litoral" y que "va a acabar produciendo un sistema transitorio de un siglo de duración, con el impacto potencialmente irreversible sobre estos ecosistemas tan delicados". Esto es justo lo que alerta el voto particular de la Magistrada Huet de Sande.
En este sentido, desde Greenpeace llaman la atención sobre el hecho de que la sentencia omita en todo momento el artículo 132 de la Constitución española, que sustenta todo el régimen excepcional del DPMT y el que fundamenta la ocupación excepcional del mismo.
Para Eva Saldaña, directora ejecutiva de Greenpeace España, "resulta anacrónico e indignante" que "una concesión pre-constitucional, establecida durante el franquismo, sea privilegiada de esta manera gracias a un traje a medida confeccionado por el ex-ministro Arias Cañete y su vergonzosa reforma de la Ley de Costas en 2013".
Manoel Santos, coordinador de Greenpeace en Galicia, añade que "todo lo que rodea el caso Ence ha olido siempre muy mal" y que desde su privatización "se han rebasado muchas líneas rojas, con cambios de normativas ad hoc, indignantes puertas giratorias protagonizadas por los más altos cargos de Medio Ambiente y Costas, informes ambientales muy discutibles, un incesante greenwashing e incluso el olvido de condenas por delito ecológico continuado".