El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado este viernes a la Xunta de Galicia a que mantenga la prórroga hasta el 9 de abril de exigir la presentación del certificado covid-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa en el caso de las personas que realicen visitas a pacientes ingresados en los centros hospitalarios y sociosanitarios residenciales de mayores y de personas con diversidad funcional de Galicia.
En el auto de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo se indica que esta medida permite el "mantenimiento de estas actividades en situaciones en las que se aprecia un incremento de riesgo de contagio, por las características de especial vulnerabilidad que concurren". Reconoce que aunque el pasaporte covid-19 no elimine completamente la posibilidad de nuevos contagios, no invalida en cualquier caso "la idoneidad de una medida que permite reducir el riesgo.
El objetivo del certificado, según los magistrados, es disminuir la posibilidad de que una persona infectada contacte con no infectados y no protegidos y que les pueda transmitir la infección. En la resolución indica que la medida esta acompañada de "un esfuerzo de la administración sanitaria en el campo de la vacunación, en el de la expedición de certificados y en el aumento de pruebas para la detección del virus", recordando que todas aquellas personas que quisieran vacunarse pudieron hacerlo.
Argumentan también que el informe médico presentado por la Xunta de Galicia justifica esa obligación de presentar el certificado en determinados espacios. Indican también que la medida se mantendrá el tiempo imprescindible para mejorar la situación epidemiológica de Galicia, "que se revisa diariamente y se somete semanalmente a la consideración del comité clínico, según las evidencias científicas que pueden surgir", explican los magistrados.