El TSXG autoriza prorrogar hasta el 4 de septiembre las restricciones en las reuniones sociales en Galicia

Pontevedra
20 de agosto 2021

La Sala de Vacaciones del TSXG dio el visto bueno a las medidas porque responden a "una situación clara de incremento del virus" y porque "no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión", del que sostienen que es "más necesitado de control en el horario nocturno", frecuentado en mayor medida por la juventud, más proclives al contacto social

Agentes de la Policía Local de Vilagarcía de Arousa
Agentes de la Policía Local de Vilagarcía de Arousa / Cristina Saiz

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) autorizó que hasta el 4 de septiembre estén en vigor las medidas restrictivas aprobadas por la Xunta de Galicia para limitar las reuniones de personas y, de esta manera, reducir la interacción social y contener la expansión de la pandemia de la covid-19.

En los ayuntamientos con nivel de restricción máximo y alto, entre la una y las seis de la madrugada, las reuniones sociales quedan limitadas a grupos de personas convivientes tanto en espacios cerrados como en espacios abiertos o al aire libre. En el resto de Galicia, la limitación es por un tiempo inferior, entre las tres y las seis de la madrugada. 

Esta limitación afecta a la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público o privado con la finalidad de reducir la interacción social y reducción del ocio nocturno no regulado.

Durante el resto del día, se permite la reunión de hasta seis personas en espacios cerrados y de diez en espacios abiertos o al aire libre, sean de uso público o privado, excepto que se trate de convivientes, o excepto que los encuentros se produzcan exclusivamente entre personas de dos unidades de convivencia diferentes.

La Sala de Vacaciones del TSXG dio el visto bueno a las medidas porque responden a "una situación clara de incremento del virus" y porque "no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión", del que sostienen que es "más necesitado de control en el horario nocturno", frecuentado en mayor medida por la juventud, más proclives al contacto social.

Los magistrados consideran que se cumplen las exigencias de ser medidas "idóneas, necesarias y proporcionadas".