El Tribunal Supremo le dio la razón a Ence frente al Concello de Pontevedra tanto en lo relativo al Plan Sectorial de Incidente Supramunicipal (PSIS) cómo a la Autorización Ambiental Integrada (AAI) por la que opera la empresa. La empresa Ence fue quien comunicó estos dos fallos judiciales.
De acuerdo al alto tribunal, el PSIS continúa teniendo plena eficacia salvo en la parte relativa al antiguo y descartado proyecto de construir una fábrica de papel tisú.
En otra sentencia, el Supremo desestima el recurso de casación del Concello sobre una sentencia anterior que declaraba la validez de la renovación en 2011 de la AAI por la que opera Ence Pontevedra.
Ninguno de los dos fallos puede ser recurrido.
El Supremo les comunicó el pasado jueves a las partes implicadas ambos fallos desestimatorios.
En el caso del recurso de casación que el Concello había presentado sobre la vigencia del PSIS, la sentencia es especialmente contundente: afirma que existe "obstinación" en el intento del Concello por "atribuir a la sentencia -contra la que se presentaba recurso- un significado y alcance que no tiene".
Todo eso porque la institución local quería que se interpretara que esa sentencia declaraba la invalidez del PSIS, lo cual no era cierto. La sentencia recurrida era clara: determinaba que el PSIS estaba en vigor salvo en lo relativo al antiguo proyecto de construir una fábrica de papel tisú.