La Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Quinta del Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación interpuesto por la Autoridad Portuaria de Marín, la Xunta de Galicia y la Deputación de Pontevedra, contra la ejecución de la sentencia de 30 de octubre de 2009 que declara ilegales los rellenos portuarios.
El recurso había sido presentado contra dos resoluciones dictadas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en 2014 y en 2015, en las que instaba la ejecución de la sentencia del Supremo de 2009.
El TSXG ha hecho público este lunes el fallo que el Supremo dictó el pasado 2 de febrero en el que se anulan las resoluciones anteriores asumiendo las tesis del Puerto de Marín para dejar sin efecto la sentencia de demolición. La autoridad portuaria había argumentado que no se trataba de un relleno, sino de siete distintos, que no están afectados por el mismo plan.
Ahora los magistrados del Supremo admiten que son "ilegales las obras de relleno del mar en cuanto realizadas al amparo del Plan Especial aquí impugnado" pero señalan que "no hemos concretado -o no hemos podido concretar- el ámbito material de ejecución de nuestra sentencia".
Es decir que "existieron unos rellenos anteriores al Plan Especial que contaban con evaluación ambiental, que quedan fuera del ámbito de la sentencia", aunque en el fallo "no se identifican ni se distinguen de los realizados al amparo de este plan".