El Tribunal Supremo insiste, una vez más, en la ilegalidad de los rellenos del puerto de Marín y en la obligación de que se ejecute la sentencia del año 2009 que obligaba a demolerlos y reponer los 300.000 metros cuadrados de los terrenos ganados al mar a su estado previo.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo ha decidido desestimar los recursos presentados por la empresa Cabomar Congelados y la Administración General del Estado (en representación de la Autoridad Portuaria de Marín Ría de Pontevedra) a los autos previos del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que obligan a la ejecución de la sentencia que ilegaliza los rellenos. Tanto la empresa como el Estado pedían no ejecutar el fallo judicial, pero la sentencia no le admite sus argumentaciones.
La Autoridad Portuaria argumentó en su recurso que la sentencia que ilegalizó los terrenos el 30 de octubre de 2009 ya está ejecutada "al estar derogado el Plan Especial de 2000 sustituido por el de 2005, vigente a la fecha de la sentencia, y no ser ilegal el relleno controvertido en la pieza de ejecución". Subsidiariamente, mantenía ante el Supremo que no procede demoler el relleno controvertido por no ser ilegal al no traer causa dicho relleno del Plan Especial de 2000, anulado por la citada Sentencia de 30 de octubre de 2009.
El Supremo responde que esa sentencia no está ejecutada y no avala que la solución a la ilegalidad de los rellenos sea el Plan de Espacios y Usos Portuarios recogido en el nuevo Plan Especial de Ordenación del Puerto de Marín, con el que se pretende solventar los problemas de inseguridad jurídica que padecen las instalaciones.
La sentencia de junio dada a conocer este viernes mantiene que la ejecución de la sentencia "no admite más demoras" y que lo que, precisamente, podría comprometer el procedimiento de ejecución de la sentencia y situarse en contradicción con ella es "justamente, lo que pretende el Abogado del Estado", que es "que no haya lugar a la demolición de obra alguna, aduciendo la existencia de una serie de planes anteriores y posteriores que habrían de dar supuesta cobertura a las obras contempladas en el plan especial anulado".
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSXG dictó dos autos el 22 de febrero y el 11 de abril de 2013 que declaraba que no se había ejecutado la sentencia de 2009. Tras ambas resoluciones, debería haberse dado cumplimiento a la sentencia que declara ilegales las obras de relleno del mar y orden la "reposición de la zona portuaria a la anterior situación y estado", pero Cabomar y la Autoridad Portuaria presentaron los recursos ahora desestimados en su integridad, poniendo fin a una lucha judicial que comenzó la Plataforma Defensora da Praza dos Praceres en 2001.