El parricida de Moraña comparecerá por videoconferencia ante el juzgado de Caldas el 31 de enero

Umia
20 de enero 2017

Esta comparecencia se producirá en el transcurso de la audiencia preliminar que establece la Ley del Jurado como trámite previo al auto de apertura de juicio oral, esto es, el último trámite judicial a realizar por el juzgado instructor antes de que se abra la fase de juicio en la que Oubel será juzgado por la Audiencia Provincial

Paso a disposición judicial del presunto parricida de Moraña
Paso a disposición judicial del presunto parricida de Moraña /

El presunto autor del doble parricidio de sus hijas de 4 y 9 años en Moraña, David Oubel Renedo, comparecerá ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Caldas de Reis el próximo 31 de enero. No lo hará en persona, sino a través de viodeconferencia desde la cárcel de León en la que se encuentra en situación de prisión preventiva a la espera de juicio.

Según ha informado este viernes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), esta comparecencia se producirá en el transcurso de la audiencia preliminar que establece la Ley del Jurado como trámite previo al auto de apertura de juicio oral, esto es, el último trámite judicial a realizar por el juzgado instructor antes de que se abra la fase de juicio en la que Oubel será juzgado por la Audiencia Provincial.

El acusado debe estar presente en el momento en que el juez instructor le comunique que será juzgado por un tribunal popular, pero no es necesario que lo haga en persona, sino que es suficiente con que lo haga por videoconferenica y asistido por su abogado.

Este trámite implica que el juicio a David Oubel será ya cuestión de poco tiempo. Un jurado decidirá previsiblemente a lo largo del primer semestre de este año 2017 sobre su culpabilidad en este crimen que el 31 de julio de 2015 conmocionó a toda España por su brutalidad. Según consta en el escrito de acusación redactado por la Fiscalía, Oubel mató a sus hijas con crueldad utilizando una radial y, antes de hacerlo, las drogó "con la finalidad de evitar cualquier posibilidad de defensa o de huida de las menores".

El fiscal califica los hechos como dos delitos de asesinato con alevosía agravados por el hecho de que las víctimas son menores y en los que concurre la circunstancia agravante de parentesco. Pide que sea condenado a la pena de prisión permanente revisable, convirtiéndolo en el primer caso en España el que se aplicaría esta condena recogida en la última reforma del Código Penal.

El fiscal pide que se le aplique la prisión permanente revisable y también que se le impongan la prohibición de aproximarse a su exmujer y madre de las fallecidas o comunicarse con ella por cualquier medio -verbal, escrito, postal, telefónico, telegráfico, telemático o informático- durante 30 años. También pide que sea condenado a indemnizarla con 245.000 euros.

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