Dos funerarias recurren ante el juzgado la suspensión de licencias para crematorios

Pontevedra
11 de febrero 2013

Alianza y Barros S.A. y Pompas Fúnebres Pontevedra S.L. interpusieron ante el Juzgado del Contencioso Administrativo un recurso en el que solicitan la suspensión cautelar del acuerdo del Pleno por el que se paraliza la concesión de permisos para la construcción de crematorios durante un año 

Pleno en el que se decidió suspender temporalmente la instalación de crematorios
Pleno en el que se decidió suspender temporalmente la instalación de crematorios /

Las funerarias Alianza y Barros S.A. y Pompas Fúnebres Pontevedra S.L. interpusieron ante el Juzgado del Contencioso Administrativo un recurso contra la paralización de la concesión de licencias para la construcción de crematorios durante un año aprobada por el Ayuntamiento capitalino.

La suspensión de la concesión de licencias se aprobó en el Pleno del Ayuntamiento de Pontevedra del 22 de noviembre de 2012 y entró en vigor el 22 de diciembre. Implica que hasta diciembre de 2013 no se darán permisos para de edificación para uso de horno crematorio en solo urbano, urbanizable-residencial, de núcleo rural del PXOM y en las cercanías de las zonas residenciales.

En el escrito presentado ante el órgano judicial, las dos funerarias solicitan paralelamente la suspensión cautelar de aquel acuerdo de la Corporación municipal y sostienen, entre otras muchas cuestiones, que carece de todo fundamento jurídico que sea objeto de una decisión de aquel tipo por parte del Ayuntamiento, en tanto que la cremación se trata de una actividad regulada en los campos urbanístico y sanitario a nivel estatal y autonómico, sin que se contemple restricción alguna respecto a sus usos.

Las funerarias demandantes consideran que la Administración local "no pretende reordenar el urbanismo de la ciudad, sino regular de una manera monopolística una actividad liberalizada y restringir indebidamente la competencia permitiendo de manera injustificada que en determinadas áreas pueda desarrollarse y en otras no". Estaría incurriéndose así en desviación de poder, es decir, ejerciendo potestades administrativas para fines distintos a los fijados por la legislación, critica.

Los denunciantes consideran que "no sería este el único vicio de ilegalidad en el que caería el acuerdo plenario", sino que "también implicaría una invasión de competencias por parte del Ayuntamiento de Pontevedra, estaría restringiendo el derecho la libertad de elección de la localización de los crematorios que las empresas funerarias tienen que reconocer ya o resultaría contrario a la Directiva de Servicios de la CE".

Asimismo, las empresas sustentan su solicitud de suspensión cautelar de la decisión de la Corporación en la "relevancia de los perjuicios que su vigencia les está causando". Inciden en que en las reuniones mantenidas inicialmente con personal del Ayuntamiento de Pontevedra y de la Xunta de Galicia se concluyó que el solar del antiguo gimnasio Teucro, en cuanto suelo urbano destinado a equipamiento, era idóneo para la instalación de tanatorio-crematorio, y en que la memoria descriptiva del proyecto reflejaba la adecuación del mismo a la normativa urbanística.

"Si hubiesemos sabido que el Concello iba a alterar los criterios probablemente no habríamos realizado la operación de compra del solar al Colegio de Arquitectos"

Recuerdan, asimismo, que antes de que se adoptase aquel acuerdo plenario ya habían iniciado el procedimiento de tramitación de la correspondiente licencia municipal, y además, otras compañías del sector habían presentado en los últimos años abundante documentación para instalación de crematorios en diferentes localizaciones sin que surgieran objeciones jurídicas, urbanísticas o técnicas de relevancia.

"Es evidente que si hubiéramos sabido que el Ayuntamiento iba a alterar, de una manera claramente injustificada, los criterios en cuanto a la localización de hornos crematorios y que se daría lugar a una limitación de la actividad absolutamente incomprensible, probablemente no hubiéramos realizado la operación de compra del solar al Colegio de Arquitectos o se habría llevado adelante en términos muy diferentes", explican.

Las empresas, que prestan servicio a aseguradoras del sector de decesos con un volumen significativo de contratos en la comarca, insisten también en la "legítima expectativa de buena parte de su cartera de clientes de poder celebrar la ceremonia funeraria de cremación de un cadáver en su ciudad, además del obvio interés público de la existencia de esta opción en Pontevedra, cada vez más demandada entre otras razones por tener un coste inferior a la tradicional inhumación".