"Demoledora" sentencia contra ENCE: las obras que haga en Lourizán necesitan licencia municipal

Pontevedra
12 de abril 2019

Nuevo varapalo judicial a Ence. Todas las obras que haga en el complejo industrial de Lourizán necesitan licencia municipal. Al menos, aquellas que no figuren en el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal aprobado por la Xunta de Galicia en 2003. Es decir, prácticamente todas. Así lo determina una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

Fábrica de ENCE en la ría de Pontevedra Nacho Fuentes

Nuevo varapalo judicial a Ence. Todas las obras que haga en el complejo industrial de Lourizán necesitan licencia municipal. Al menos, aquellas que no figuren en el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal aprobado por la Xunta de Galicia en 2003. Es decir, prácticamente todas. Así lo determina una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

La sentencia, que ha sido divulgada este viernes por el Concello de Pontevedra, no es firme y contra ella, en todo caso, cabe recurso de reposición ante el Tribunal Supremo.

Todo parte de unas obras que la compañía pastera realizó entre finales de 2015 y principios de 2016 en la zona de pesaje de camiones y en las balsas de decantación. El gobierno municipal, tras una inspección urbanística, decretó la suspensión de estos trabajos por falta de licencia y abrió un expediente para obligar a Ence a reponer la legalidad.

Ence presentó un recurso ante el Concello, que fue desestimado, y posteriormente acudió a los tribunales, alegando que se le había obstaculizado el acceso al expediente urbanístico, que el órgano que había dictado el decreto de suspensión no tenía competencias para ello y que, en todo caso, las obras estaban amparadas por el plan sectorial vigente.

El TSXG confirma ahora una primera sentencia del tribunal contencioso administrativo número 3 de Pontevedra y que, según el portavoz del gobierno municipal, Raimundo González, resulta "demoledora" para los intereses de la empresa.

Los magistrados del alto tribunal gallego certifican que Ence sí tuvo acceso al expediente y, de hecho, presentó su recurso antes de que termina el plazo para hacerlo y, además, concluyen que el órgano que les sancionó, la concejalía de Urbanismo por delegación del alcalde, sí era competente para hacerlo.

Mucho más contundentes son en relación a la licencia. La sentencia determina que para que las obras de Ence puedan estar excluidas de autorización municipal deben figurar previamente en el proyecto supramunicipal aprobado. Como ya no es el caso, explica el TSXG, deben recibir la licencia correspondiente.

A este respecto, añaden los magistrados, los trabajos suspendidos por el Concello invadieron ilegalmente áreas reservadas para viales, zonas protegidas ambiental y paisajísticamente por el Plan de Ordenación del Litoral (POL) y terrenos de dominio marítimo-terrestre que no podían ocupar bajo la autorización supramunicipal.

Raimundo González ha destacado que esta sentencia demuestra el incumplimiento "manifiesto" de la legalidad vigente por parte de Ence y el "amparo" que recibe desde la Xunta de Galicia para hacerlo, ya que "non lle preocupa" que se incumpla la normativa autonómica en materia medioambiental y "só defenden" los intereses de la empresa.

La actuación de la Xunta con respecto a Ence, ha añadido el edil del BNG, es "escandalosa" y considera que se trata de un comportamiento "inconcebible" en democracia.

Ence, actualmente, tiene más expedientes en trámite por obras que ha realizado dentro del complejo sin autorización. Todas ellas, ha vaticinado el edil, podrían seguir el mismo recorrido judicial. En todo caso, González asegura desconocer si algunas de estas actuaciones serían "legalizables". Para ello, eso sí, la pastera tendría que iniciar los trámites ante el Concello.

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