El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Pontevedra ha condenado a la Xunta de Galicia a pagar un compensación económica de 44.713 euros a un docente interino que no superó el proceso de estabilización de la plaza que ocupaba.
El fallo del juzgado pontevedrés, según destaca el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, es "pionero" en la comunidad gallega.
La sentencia considera probado que el docente trabajó para la Consellería de Educación durante treinta años, de manera ininterrumpida y mediante nombramientos concatenados de personal funcionario temporal, hasta que fue cesado el 31 de agosto de 2023, por no conseguir la plaza.
Transcurrido un año, el maestro volvió a ser nombrado interinamente por la Xunta de Galicia para un curso completo, en este caso el correspondiente a la temporada 2024-2025.
El magistrado sostiene que el artículo 2.6 de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, le reconoce el derecho a percibir la compensación que reclama por su cese.
Dicha compensación es equivalente a las retribuciones fijas de veinte días por año de servicio, hasta un máximo de doce mensualidades.
Si bien su cese "se produjo en formal legal", sostiene el titular del juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Pontevedra, esta normativa le reconoce ese derecho económico "de manera clara e indubitada".
El juez añade que dicha ley "es de obligada aplicación", tanto por las administraciones públicas como por los órganos jurisdiccionales que supervisan su actuación.
Esta sentencia no es firme y contra ella cabe presentar un recurso de apelación.