Cuatro años de prisión. Es la pena que deberá cumplir un hombre condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra por abusar sexualmente de su sobrino de diez años.
Los hechos ocurrieron en el año 2021 y le condenan por dos episodios de abusos diferentes, uno en verano y otro en octubre.
En ambos casos, los hechos ocurrieron en la casa de los padres del acusado y abuelos del niño.
La sección cuarta de la Audiencia le considera autor de dos delitos de abusos sexuales y le impone también la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a su sobrino, su domicilio, colegio o instituto o cualquier otro lugar frecuentado por él y comunicarse con él durante dos años más a cumplir tras los cuatro años de prisión.
Además, atendiendo a la edad del menor y a la naturaleza de los hechos, el tribunal le impone dos años de libertad vigilada, que se ejecutarán con posterioridad a la pena de prisión.
A la hora de dictar sentencia, el tribunal tiene en cuanta una circunstancia atenuante analógica relacionada con el retraso mental leve que presenta el acusado.
Así, considera la sentencia que presenta una "disminución o merma de las facultades, tanto intelectivas como volitivas" que influyeron en su actos.
La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).