Condena por el accidente del Alvia once años después: dos años y medio de prisión para el maquinista y el cargo de ADIF

Pontevedra
26 de julio 2024

Una jueza pontevedresa, María Elena Fernández Currás, acaba de condenar al maquinista del tren y al antiguo director de seguridad en la circulación de Adif por 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave profesional. En las vías de la curva de A Grandeira fallecieron tres vecinas de Pontevedra

Una mujer observa las vías de Angrois durante el acto del primer aniversario del descarrilamiento del Alvia
Una mujer observa las vías de Angrois durante el acto del primer aniversario del descarrilamiento del Alvia / Mónica Patxot

Once años y dos días después de que el tren Alvia descarrilase en las vías de Angrois, a las afueras de Santiago de Compostela, causando el accidente ferroviario más grave de la historia reciente de España, el caso tiene sentencia. Una jueza pontevedresa, María Elena Fernández Currás, acaba de condenar al maquinista del tren y al antiguo director de seguridad en la circulación de Adif como responsables. 

Francisco José Garzón Amo, maquinista que el 24 de julio de 2013 conducía el tren Alvia siniestrado, y Andrés Cortabitarte, director de Seguridad en la Circulación del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) en el momento de la puesta en funcionamiento de la línea del siniestro, deberán cumplir dos años y medio de prisión por su responsabilidad en el accidente. 

La jueza Fernández Currás, titular del Juzgado de lo Penal no 2 de Santiago, les considera a ambos autores de 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave profesional. Estaban acusados por 80 homicidios y 144 lesiones, pero la magistrada concluyó que las lesiones sufridas en el accidente no provocaron el fallecimiento de uno de los viajeros, ocurrido 73 días después, y ha excluido de la condena por el delito de lesiones las supuestamente sufridas por una persona que no acreditó que viajase en el tren. 

Entre las víctimas de este accidente había también vecinos de Pontevedra y en las vías de la curva de A Grandeira fallecieron tres vecinas de la ciudad: Laura de Juan, una joven de 23 años; Lucía Arosa, de 32 años y que falleció junto a su novio Jacobo Romero; y Antonia Baro Roldán, de 69 años.

La sentencia condena al maquinista lo condenan por su conducta "gravemente negligente" porque respondió una llamada "carente de urgencia" del interventor, habló durante 100 segundos, perdió su ubicación en la vía y no vio algunas de las señales que le hubieran permitido percatarse de que se estaba aproximando a la curva de Angrois. Cuando se percato y activó el freno de emergencia, ya no pudo reducir la velocidad para evitar el accidente. 

Del cargo de Adif recuerda la jueza que estaba "legal y contractualmente" obligado a "garantizar la explotación segura de la nueva línea" y, embargo, en ella "no había ningún sistema de protección continuo, como el ERTMS, que controlase la velocidad del tren". La jueza reprocha que "resulta incomprensible".

Además de la pena de prisión, la sentencia, de 530 páginas, impone a ambos inhabilitación para el ejercicio de sus profesiones durante cuatro años y medio, si bien ambos están ya jubilados, de modo que no tendrá impacto en su desempeño laboral.  

Además, la jueza ha fijado en 25 millones de euros las indemnizaciones a las víctimas, que deberán pagar las entidades QBE y Allianz Global, aseguradoras, respectivamente, de Renfe Operadora y ADIF, al ser los dos acusados trabajadores de cada una de estas dos empresas públicas.

Para fijar las indemnizaciones, ha utilizado el llamado "baremo de tráfico" y ha aplicado un factor de incremento del 50 % sobre las indemnizaciones básicas por fallecimiento, incapacidad temporal o permanente para "cubrir el mayor daño moral que deriva de la vivencia de un accidente catastrófico como el ocurrido o de la angustia, zozobra y ansiedad padecida por los familiares de los viajeros que resultaron fallecidos". 

La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.