Cinco años de condena para el joven que agredió a Rajoy por intentar matar a un periodista

Pontevedra
09 de diciembre 2024
Actualizada: 17:31

Andrés de Vicente ha sido condenado por tres delitos. La sentencia incluye una medida de seguridad consistente en el internamiento en centro psiquiátrico adecuado las patologías que presenta

Juicio contra 'Capi', el agresor de Rajoy, por intentar matar a un periodista
Juicio contra 'Capi', el agresor de Rajoy, por intentar matar a un periodista /

Andrés de Vicente Fuentes, 'Capi', conocido porque en 2015 agredió al ex presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en la ciudad, acaba de sumar una nueva condena a su historial. La Audiencia Provincial de Pontevedra le considera autor del asesinato en grado de tentativa de un periodista de La Voz de Galicia.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial le condena por un delito de daños por causar destrozos en la delegación de este periódico en la ciudad, por este intento de asesinato en grado de tentativa y por resistencia a agentes de la autoridad por su actitud cuando intentaron detenerle.

Por todos estos delitos, la condena será a cinco años de prisión y el pago de dos multas de 810 euros, pues el tribunal aplica la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica y la atenuante de reparación del daño porque ya indemnizó al periódico, al periodista atacado y a otra trabajadora que estaba en las dependencias en aquel momento. 

El fallo del tribunal acuerda también la imposición de una medida de seguridad consistente en el internamiento en centro psiquiátrico adecuado a las diferentes patologías de las que está diagnosticado. Según la sentencia, cuando sucedieron los hechos, tenía sus facultades volitivas "afectadas de manera importante" y mantenía conservadas sus facultades intelectivas.

Será internamiento en régimen cerrado por un período que no podrá bajar de dos años ni exceder de 5 años y que deberá cumplirse antes que la pena de prisión impuesta. 

La sentencia incluye, por el delito de intento de asesinato, la medida de libertad vigilada de 5 años y la prohibición de aproximarse a menos de 150 metros de los dos trabajadores afectados y comunicarse con ellos durante ocho años. Tampoco podrá aproximarse a La Voz de Galicia, a todos sus centros de trabajo, sedes y delegaciones por un período de cinco años.

Los hechos ocurrieron el 14 de julio de 2023, cuando, según consta en la sentencia, accedió a la delegación del periódico, comenzó a reprocharle a una trabajadora “que quisieran acabar con su vida publicando mentiras”, cogió un rodillo de cocina de madera que llevaba oculto en la espalda y comenzó a golpear distintos objetos de la oficina, tales como monitores de ordenador, teclados, un televisor.

Esa trabajadora huyó del lugar, pero quedaba dentro un periodista. Al escuchar el estruendo, se acercó a la entrada y se encontró al acusado.

Le dijo "¡te mato, te mato!" y, según el tribunal, "con intención de acabar con su vida", levantó el rodillo de madera que llevaba y lo dirigió a la cabeza de la víctima, que logró cubrirse con su brazo izquierdo.

También "con sostenido ánimo de causarle la muerte", le atacó con un cuchillo de cocina. Actuó "de forma repentina y sin dar opción a encarar el ataque", sacó el arma de entre sus ropas y, diciéndole nuevamente, de manera reiterada, que lo iba a matar, lo atacó.

Según relató el afectado en el juicio y considera probado la sentencia, lo acometió en repetidas ocasiones con el cuchillo de arriba hacia abajo, "dirigiéndolo contra su cuerpo”.

El periodista consiguió huir. Llegó a estar casi arrinconado por el acusado, pero Andrés de Vicente dio un paso atrás y, en ese momento, corrió hacia la calle.

El acusado quedó dentro del periódico y, cuando llegó la Policía Nacional, “inició un forcejeo contumaz con los agentes" que iban a detenerle, "lanzándoles patadas y golpes" cuando iban a sujetarle por los brazos. Uno de los policías cayó al suelo y sufrió lesiones.

La sentencia concluye que el acusado tenía "ánimo de matar" a pesar de que finalmente solo causó a este periodista lesiones superficiales.

Así, enumeran "los instrumentos utilizados", la "reiteración" de su acción, su "conducta" y "las zonas del cuerpo a las que iban dirigidos los golpes", destacando que atacó hacia el cuadrante superior de hemitórax derecho, "región anatómica especialmente vulnerable en la que puede generar un compromiso vital en caso de penetrar en profundidad".

Contra esta sentencia se puede presentar recurso ante el TSXG.