Audasa recurre la sentencia que la condenó por cobrar "peajes abusivos" en la AP-9

Pontevedra
07 de julio 2020

En el recurso de apelación, que será revisado por la Audiencia de Pontevedra, Audasa solicita que se decrete la nulidad de esta sentencia, al entender que es la jurisdicción contenciosa-administrativa y no la civil la que tiene las competencias para juzgar estos hechos

Puente de Rande
Puente de Rande / Mónica Patxot

Audasa, concesionaria de la autopista AP-9, ha recurrido la sentencia del juzgado de lo mercantil número 1 de Pontevedra que la condenó por los "peajes abusivos" cobrados en esta vía de alta capacidad entre febrero de 2015 y junio de 2018.

Dicho fallo, conocido el pasado mes de febrero, obliga a la compañía a devolver los peajes cobrados durante las 81 incidencias de tráfico que, en dicho periodo, se registraron debido a los atascos provocados por las obras de ampliación de Rande.

En el recurso de apelación, que será revisado por la Audiencia de Pontevedra, Audasa solicita que se decrete la nulidad de esta sentencia, al entender que es la jurisdicción contenciosa-administrativa y no la civil la que tiene las competencias para juzgar estos hechos.

Durante gran parte de las 107 páginas de este documento, la concesionaria de la AP-9 impugna los autos previos en los que la autoridad judicial aprueba la vía civil para esta demanda, presentada por la Fiscalía y dos asociaciones de consumidores.

Considera que "bajo el presupuesto de la existencia de una práctica abusiva", se pretendió que un juzgado civil abordara cuestiones relativas a la construcción y explotación de una carretera, a su régimen regulador o al pliego de concesión, todas cuestiones de "carácter administrativo".

A la jurisdicción civil, añaden los abogados de Audasa, "no le corresponde pronunciarse" sobre el alcance de las obras, el sistema de tarifas o el pago de los peajes "ni tampoco fijar para el futuro" la normativa que ha de regir en materia de descuentos y bonificaciones.

Además, la "supuesta" indemnización de daños y perjuicios que reclaman los usuarios, según interpreta Audasa, es una "alteración" del régimen legal y normativo y del pliego de concesión al afectar al sistema de tarifas, por lo que el juzgado mercantil "carece de capacidad".

El recurso, sin embargo, introduce un segundo argumento para solicitar la nulidad de la sentencia y señala que, en el caso de no aceptar la falta de competencias del juzgado, pide que se anule el alcance del fallo al haberse producido menos incidencias de las denunciadas.

Frente a los 81 episodios que reconoce el juzgado de lo mercantil número 1 de Pontevedra, la compañía asegura que se han producido solo dos retenciones graves durante los tres años que duraron unas obras que, añade, se realizaron con una "mínima afección" a la circulación.

Como ya había rebatido su abogado durante el juicio, 68 de estas retenciones fueron provocadas por accidentes, incendios o coches averiados y solo 13 "tuvieron relación con las obras", de las cuales únicamente dos -el 27 de octubre de 2017 y el 14 de mayo de 2018- habrían alcanzado el nivel rojo de "circulación difícil" según las normas de la DGT. 

Por ello, los abogados de la concesionaria reclaman que, en todo caso, la condena debe "constreñirse" a esas dos retenciones graves y no al resto de las denunciadas por la Fiscalía y que, a juicio de Audasa, son "arbitrarias e ilógicas" y conducen a un resultado "inverosímil".

Pero más allá de ello, Audasa apela a impugnar la sentencia en base a cuestiones que afectarían al "fondo del asunto" y que resultan "perjudiciales" para sus intereses.

Así, subraya que las obras siguieron las "normas y directrices" de la administración y que estaba "obligada" a cobrar las tarifas "sin descuento o reducción alguna", ya que el régimen jurídico de la concesión fija que no tiene "capacidad alguna" para aplicar tarifas inferiores a las aprobadas o reducir voluntariamente el importe del peaje.

Además, la compañía niega tener "competencias, capacidad ni medios" para haber informado a los usuarios sobre los atascos producidos por las obras, como apuntaba el juez en su sentencia, ya que la señalización en carretera es una competencia "exclusiva" de Tráfico.