La Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido absolver por falta de pruebas a un jefe de un supermercado de Vilagarcía de Arousa juzgado por los delitos de acoso y de agresión sexual a una subordinada.
La sección cuarta de la Audiencia ha dictado una sentencia absolutoria que afecta al jefe de turno acusado de cometer los hechos y también al gerente del establecimiento y al responsable de recursos humanos, a los que atribuían el delito de cómplices de acoso sexual.
El caso llegó a juicio en diciembre, once años después de los hechos que se juzgaban, ocurridos el 26 de agosto de 2013.
El tribunal ha considerado probado que el jefe de turno y una trabajadora accedieron a la cámara frigorífica para comprobar el estado de una mercancía y, en el momento en que entró otra compañera, el acusado "agarraba por la espalda a la denunciante", pero "sin que conste que lo hiciese en contra de su voluntad ni con ánimo libidinoso".
El fallo del tribunal habla de "déficit probatorio" en este caso, "del que surge la duda de la certeza de los hechos". Así, señalan que el análisis "en conciencia" de las pruebas practicadas en el juicio no han permitido declarar de forma inequívoca que los hechos han ocurrido en la forma descrita en los relatos de hechos de los escritos acusatorios.
La sentencia concluye que no ha quedado acreditado que el acusado, prevaliéndose de su condición de superior jerárquico de la trabajadora, realizara conductas que atentaran contra su libertad sexual.
Al gerente y al responsable de recursos humanos solo los acusaba la acusación particular, no la Fiscalía. La sentencia concluye que cuando tuvieron conocimiento de los hechos denunciados, "adoptaron las medidas inmediatas para comprobar y corregir la situación generada".
La sentencia concluye también que no ha quedado acreditado que los daños psíquicos que presenta la denunciante puedan ser atribuibles a los acusados, ni que adoptasen medidas de orden laboral que guarden relación con los hechos denunciados.
Este fallo es recurrible ante el TSXG.