35.000 euros de indemnización para un joven de 24 años que perdió un testículo por un error médico

Pontevedra
02 de abril 2025
Actualizada: 14:14

Los magistrados del TSXG sostienen que se le ocasionó una "pérdida de oportunidad terapéutica" al no realizarle una ecografía al joven, provocando que al final se le tuviera que extirpar un testículo

Quirófano del Hospital Montecelo
Quirófano del Hospital Montecelo / Sergas

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado la sentencia que, en primera instancia, había condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 35.000 euros a un joven de 24 años que perdió un testículo por un error médico.

La sentencia del alto tribunal gallego, que confirma el fallo del juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Pontevedra, concluye que un fallo en el diagnóstico de una torsión testicular provocó que el paciente perdiera el testículo derecho.

Los magistrados del TSXG han desestimado el recurso interpuesto por el Sergas y sostienen que se le ocasionó una "pérdida de oportunidad terapéutica" al no realizarle una ecografía al perjudicado, provocando que al final se le tuviera que extirpar un testículo.

El tribunal asegura ser conocedor "por otros casos similares" y por los protocolos médicos que cuando un paciente tiene una dolencia a nivel testicular "hay que actuar con rapidez".

"Si transcurre un número de horas determinado desde el inicio del dolor intenso testicular difícilmente se puede salvar el órgano mencionado, al necrosarse e infartarse", sostiene la Sala, que añade que esa detección a tiempo requiere realizar la ecografía Doppler escrotal.

En su resolución, los magistrados explican que, en este caso, la prueba no se hizo porque la doctora que atendió al paciente en el PAC de Silleda "no observó signos ostensibles" de que el día de la consulta el paciente pudiera estar padeciendo una torsión testicular.

Esta dolencia sí le fue diagnosticada a los cuatro días, cuando ingresó de urgencia en el Hospital Clínico de Santiago "en estado avanzado e irreversible".

El TSXG subraya que, de haberse realizado la prueba ecográfica, "habría mayores probabilidades" de salvar el testículo, por lo que remitir al paciente de nuevo al domicilio prescribiéndole unos antiinflamatorios "fue inadecuado".

Los jueces reiteran en su sentencia que un dolor a nivel testicular obligaba a prescribir la prueba médica mencionada "para, por lo menos, descartar la afección", ya que se trataba de un paciente joven "que son las personas sobre las que habitualmente recae esta dolencia".

Además, advierten de las "consecuencias penosas" que puede implicar un diagnóstico tardío en este tipo de dolencias, lo que "compelía a ser precavidos y cautos".

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.