El Juzgado Mercantil Número 1 de Pontevedra ha frenado por el momento la ampliación de capital propuesta por el Pontevedra Club de Fútbol y cuyos datos todavía no habían trascendido.
Esa prudencia en revelar el resultado de la ampliación, publicada en el mes de septiembre por valor de 373.599,10 euros a través de 533.713 nuevas acciones (al precio de 0,70 euros/acción + 0,70 euros de prima de emisión) se debía a la presentanción de dos demandas por parte del grupo empresarial opositor al actual Consejo de Administración granate, a través de las empresas Congelados y Conservas Marabal SL y también de Inversiones y Gestión Alimenticia SL.
Según recoge el fallo judicial de primera instancia, con fecha del pasado 28 de enero y al que ha tenido acceso PontevedraViva, se declara nulo tanto el acuerdo de la Junta General de Accionistas del pasado 28 de junio en el que se daba potestad al consejo de administración para ampliar capital como el acuerdo del propio consejo con fecha de 1 de septiembre en el que se daba luz verde a la citada ampliación. Además se condena al club de Pasarón al pago de las costas del proceso judicial, aunque se trata todavía de una sentencia que no es firme y que puede ser recurrida en un plazo de 20 días.
En concreto el grupo opositor se quejaba en su demanda de que su derecho de información había sido vulnerado, además de discrepar en la cuantía de la ampliación y en la prima de emisión de las nuevas acciones. Citaba en su escrito un informe justificativo del proceso que es la clave para el magistrado, puesto que en su razonamiento señala que los opositores "tenían un derecho, antes de la celebración de la junta de 28 de junio de 2023, a que se les hubiesen remitido tanto el texto íntegro de la propuesta de delegación de la ampliación en el consejo de administración, como el obligatorio informe justificativo", afirmando que "la negación de una información obligatoria, que fue debidamente solicitada por el socio antes de la celebración de la junta (...) implica, evidentemente, la nulidad del acuerdo a que dicha información solicitada y negada se refería, por ser contrario a la ley".
En los argumentos defendidos por el Pontevedra Club de Fútbol tanto en sus escritos como en la vista previa celebrada el pasado 22 de enero, recoge el texto judicial que se oponía a las demandas afirmando que el grupo opositor "habrían incurrido en una confusión, pues se referirían a la impugnación de un acuerdo sobre ampliación de capital, cuando realmente ese acuerdo se referiría a la delegación en el consejo de administración", defendiendo además que "en relación con las peticiones de información, la entidad habría ofrecido las respuestas pertinentes, y les habría invitado a acudir al domicilio social para consultar los documentos oportunos; donde se le habrían entregado copias".
Además se quejan de la mala fe de la parte demandante puesto que "conocerían perfectamente la necesidad del Pontevedra CF de proceder a una ampliación de capital, pues ello sería imprescindible para el sostenimiento de la entidad y para evitar que incurra en causa de disolución".
Consultadas al respecto, fuentes de la dirección de la entidad granate han querido trasladar tranquilidad sobre la situación señalando que se trata de un defecto de forma, aún recurrible, que será subsanada con una nueva convocatoria tanto de la Junta General de Accionistas como del Consejo de Administración.
Cabe señalar que a la ampliación ahora paralizada 63 accionistas del Pontevedra ejercitaron su derecho a la compra de nuevas acciones, entre los que no se encontraban las empresas que demandaron la anulación del proceso.