Pasan los días y el caso de Libasse Guèye levanta cada vez más ampollas en el Pontevedra Club de Fútbol con el futbolista senegalés acumulando incomparecencias desde el pasado 29 de diciembre, fecha en la que tenía que haberse reincorporado a los entrenamiento tras el descanso navideño.
Guèye reconoció este jueves a través de su perfil de Instagram que "soy un jugador de fútbol, para negociar está mi agente", dejando entrever su decisión firme de abandonar el club granate.
Sin embargo la entidad de la Boa Vila tiene la sartén por el mango ante la grave infracción de su jugador. Así se recoge de hecho en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la Federación Internacional de Fútbol (FIFA). Según esta normativa, en su versión actualizada en marzo de 2022, "un contrato no puede rescindirse unilateralmente en el transcurso de una temporada".
No ha sido así todavía en el caso de Guèye, con contrato en vigor, pero en lo que respecta al Pontevedra el punto 14 del reglamento deja claro que "en el caso de que exista una causa justificada, cualquier parte puede rescindir un contrato sin ningún tipo de consecuencias (pago de una indemnización o imposición de sanciones deportivas)". Pero, ¿qué se considera como causa justificada? el RETJ lo explica como "cualquier conducta abusiva de una parte que tenga como objetivo forzar a su contraparte a rescindir un contrato o modificar los términos de este". Una descripción que encaja perfectamente con lo que está sucediendo en la casa granate con el joven senegalés.
Guèye ha reconocido la intención de que su representante negocie la rescisión, y es que de producirse esta de manera unilateral el futbolista puede exponerse a una sanción de hasta seis meses, según recoge la normativa de la FIFA. Así, en su punto 17.3 refleja que "además de la obligación de pago de una indemnización, deberán imponerse sanciones deportivas a un jugador que rescinda un contrato durante el periodo protegido. La sanción consistirá en una restricción de cuatro meses en su elegibilidad para jugar en cualquier partido oficial. En el caso de circunstancias agravantes, la restricción será de seis meses".
En este castigo no contaría durante el periodo veraniego, lo que la haría incluso más dura.
La FIFA además tiene la potestad de castigar a cualquier persona que induzca a la rescisión de un contrato con finalidad de facilitar la transferencia del jugador o a la entidad que firme a un jugador en esta situación, ya que "debe suponerse, a menos que se demuestre lo contrario, que cualquier club que firma un contrato con un jugador profesional que haya rescindido su contrato sin causa justificada ha inducido al jugador profesional a la rescisión del contrato". Esta sanción "consistirá en prohibir al club la inscripción de nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, durante dos periodos de inscripción completos y consecutivos".
Términos muy duros que dejan una única solución para Libasse Guèye y el Pontevedra, la de buscar un punto de encuentro.
Cabe recordar que el joven senegalés tiene contrato con el club granate hasta final de temporada, con opción a un segundo año que, ahora mismo, parece imposible que se llegue a dar.