"Como me deu pena, non a quixen matar"
Por Natalia Puga & Mónica Patxot
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dejado visto para sentencia el juicio contra el vecino de Cangas Alfonso C.B., inicialmente acusado de una tentativa de homicidio por acuchillar y golpear a su pareja en la localidad de Valga en octubre de 2015, y para el que la Fiscalía ha decidido cambiar la acusación y pasar a considerarlo autor de un delito de lesiones agravado.
La fiscal del caso, Rosalina Carrera, considera que el acusado sí tenía intención inicial de matar a su pareja aquel día en Valga, pero que finalmente "desistió, desistió él voluntariamente". Aunque desconoce el motivo por el que dejó de agredirla, considera que "hubo un período de tiempo en el que dejó de apuñalarla", de modo que mantiene que ya no se le puede acusar del delito de homicidio en grado de tentativa que sostenía al inicio de la vista oral, pues se ha producido "desestimiento activo en tentativa de homicidio".
El nuevo escrito de acusación de la Fiscalía pide que se aplique al acusado la circunstania atenuante analógica de alteración psíquica, pues tiene un retraso mental moderado y un trastorno somatomorfo que afecta moderadamente a su capacidad volitiva. Pide que sea condenado a tres años y medio de prisión, cinco años de libertad vigilada y siete años de ordel de alejamiento de su ex pareja y víctima. Inicialmente pedía nueve años y medio.
El juicio concluyó este martes tras haberse celebrado ya dos sesiones previas en septiembre y octubre en la Sección Cuarta de la Audiencia. En la sesión final, el acusado hizo uso de su derecho a la última palabra en el juicio oral y aprovechó para aclarar determinadas cuestiones que se escucharon en la sala y considera que no son ciertas.
En una breve intervención, aclaró que "de 20 puñaladas, nada", en alusión a la acusación particular, que afirma que su víctima recibió ese día 24 puñaladas; y que "foi con un cuchillo solo" y no con los al menos dos de los que habla la Fiscalía.
Además, dio respuesta a la duda de la Fiscalía sobre el motivo por el que no la mató pese a las múltiples puñaladas: "como me deu pena, non a quixen matar". Añadió que con las 20 puñaladas de las que hablan las acusaciones, "se a quixera matar, non asistiría aquí" (al juicio).
La fiscal explicó que cambió su acusación porque en la vista oral quedó acreditado que el acusado desistió de sus intenciones en base a su propia declaración, de la de la víctima y del vecino que declaró este martes, que abrió la ventana y vio al acusado y a la víctima a unos 8-10 metros, ella ya estaba lesionada y él no la estaba acuchillando ya.
Tras la vista oral, la acusación particular no coincide con la fiscal y mantiene su petición de nueve años y medio de prisión y 10.971 euros de indemnización. El abogado mantiene que lo que ocurrió aquel día en Valga fue "una escena de un crimen de película" en el que el acusado le dijo una frase muy gráfica a su víctima mientras la acuchillaba: "que mala eres de matar".
La defensa del acusado, por su parte, mantiene que debe ser absuelto al aplicársele la circunstancia eximente completa de alteración psíquica, pues el acusado tiene un retraso mental evidente y ese día "estaba alterado, irascible, fuera de sí, desbocado" y hacía un relato "de fantasía" de lo ocurrido.
Además aportó un informe médico que desaconseja el ingreso en prisión de su cliente por su estado mental y porque ya cuando estuvo en prisión preventiva por estos hechos acabó autolesionándose.
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